Noticias Argentinas difundió que los regímenes de retiros voluntarios u otras formas de discontinuar relaciones laborales con el Estado nacional deberán contar con una aprobación previa de los Ministerios de Economía y de Desregulación, según lo establece la Resolución Conjunta 50/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial.
La normativa establece diferentes requisitos según el tipo de organismo que promueva estos regímenes de retiro.
En el caso de organismos descentralizados y otras entidades, será necesaria la intervención favorable de áreas específicas antes de la aprobación definitiva. Estas áreas son la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública.
Para la Administración Pública Nacional Centralizada, el diseño y la aprobación de los regímenes estarán a cargo de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, con la intervención de la Secretaría de Hacienda en el ámbito de sus competencias.
Las empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria deberán contar, con carácter previo a la implementación de los planes, con la intervención favorable tanto de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda como de la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público.
Para obtener las intervenciones requeridas, el expediente de tramitación deberá incorporar obligatoriamente la siguiente información:
El proyecto correspondiente elevado por una autoridad no inferior a Secretario o cargo equivalente.
La fundamentación de la medida.
El detalle de la dotación alcanzada por la medida.
Las condiciones de acceso.
La modalidad de pago.
La base para la determinación del monto de la medida.
Las coberturas o beneficios adicionales.
La estimación y costo de adhesión.
La certificación de suficiencia presupuestaria.
Asimismo, los organismos, entidades, empresas y sociedades deberán notificar mediante comunicación oficial la norma que apruebe la implementación de los planes en un plazo máximo de cinco días hábiles administrativos, contados a partir de su suscripción.
Además, deberán comunicar en cada caso el acto administrativo de adhesión de los empleados.
Dicha notificación deberá incluir datos detallados del agente, tales como CUIL, nombre y apellido, nivel o categoría de revista, fecha del retiro (día/mes/año), monto total de la medida, cuotas y plazo de pago asignado, monto de las cuotas, antigüedad, remuneración computada y cualquier otro concepto de pago vinculado a la medida.